Esta sentencia del TJUE aborta este modelo de contratación declarando que es contraria a Derecho la contratación temporal sucesiva de personal sanitario para cubrir necesidades permanentes del servicio
El TJUE declara contrario al Derecho de la Unión el Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, por permitir la contratación temporal sucesiva de personal para atender necesidades permanentes, ya que el uso de tales nombramientos sólo puede estar justificado para atender necesidades temporales.
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